Desestiman las medidas cautelares pedidas por Gobierno contra la decisión de C-LM de ampliar ZEPA de El Hito

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha desestimado la solicitud de medidas cautelares solicitadas por el Gobierno central contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de esta región del pasado mes de julio por el que el Ejecutivo de Emiliano García-Page amplió la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de la Laguna de El Hito, situada a unos kilómetros del futuro emplazamiento del Almacén Temporal Centralizado (ATC) de Villar de Cañas (Cuenca) y que podría paralizar su instalación.
Según el auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCM, esta resolución, «resuelve únicamente una petición de medida cautelar» y, por consiguiente, rechaza la suspensión solicitada de los efectos de dicho acuerdo del Consejo de Gobierno, «a expensas de la tramitación completa del proceso contencioso-administrativo y su terminación por sentencia».
En sus razonamientos jurídicos, el TSJCM argumenta que, efectivamente, «resulta llamativo» que en mayo de 2015 el Gobierno regional, comandado por el PP, redujera la extensión de las zonas ambientales protegidas correspondientes a la Laguna de El Hito y que unos meses después se proceda a una «ampliación considerable de la misma».
Añade que la actuación de la Junta «está encaminada a la protección del interés ambiental», y ello «no puede ser objeto de cuestionamiento en esta sede salvo que, en el desarrollo de dicha actividad, se excedan los límites legales para el ejercicio de las competencias ambientales encomendadas a la Administración autonómica».
«No es posible adoptar una decisión solvente y con el rigor preciso sin previamente analizar adecuadamente todas las variables en juego y sin realizar un análisis del fondo del asunto», alega la resolución, aseverando que «resulta prácticamente imposible la adopción de una decisión al respecto en esta vía cautelar».
Dice igualmente que no se puede afirmar que la decisión autonómica de ampliar la protección a esta laguna «se haya adoptado absolutamente al margen de los intereses ambientales». El hecho de que sí haya elementos ambientales «impide considerar» esta actuación «clara y evidentemente nula», según el Alto Tribunal.